lunes, 25 de noviembre de 2013

MATRÍCULA FINAL 2013

Lunes 25 de noviembre de 2013


Buenos días compañeros (as):

Reciban un cordial saludo.

La presente es para informarles acerca de los formularios de MATRÍCULA FINAL 2013. Se realizaron modificaciones, no se aceptarán formularios anteriores ni formularios incorrectos.

Los mismos se encuentran disponibles en el siguiente link: http://www.mep.go.cr/indicadores/formulario_mf.htm en formato: 

Ø  Word (para imprimir y llenar a máquina de escribir o manuscrita).
Ø  Excel (para insertar los datos, los cuales los totales se calculan automáticamente y luego imprimir para su respetiva entrega).

La entrega de los mismos se debe realizar el día miércoles 11 de diciembre de 2013, a esta unidad. 

Se les solicita enviar un oficio por CIRCUITO con la lista de las instituciones y servicios que cuenta el centro educativo. 

Los formularios deben ser impresos, ordenados por nivel educativo. 

Muchas gracias. 


viernes, 15 de noviembre de 2013

Nómina I de Servicios Itinerantes Aprobados de Enseñanza Especial y Educación Preescolar

Viernes 15 de noviembre de 2013.

Buenos días.

Se les adjunta información remitida por el Departamento de Formulación Presupuestaria correspondiente a la Nómina I de Servicios Itinerantes Aprobados de Enseñanza Especial y Educación Preescolar.

DESCARGAR OFICIO DPI-DFP-2130-2013 AQUÍ

DESCARGAR OFICIO DPI-DFP-2138-2013 AQUÍ

DESCARGAR NÓMINA DE ENSEÑANZA ESPECIAL AQUÍ

DESCARGAR NÓMINA DE PREESCOLAR AQUÍ


Muchas gracias. 

lunes, 11 de noviembre de 2013

NÓMINA II DE RECARGOS ADMINISTRATIVOS 2014

Lunes 11 de noviembre de 2013

Buenos días compañeros reciban un cordial saludo.

Se les remite indicaciones para la presentación de los recargos Administrativos aprobados para el 2014 incluidos en la nómina II.

Los mismos deben presentarse a más tardar el día viernes 15 de noviembre de 2013, en esta unidad; deben presentar un formulario completo con la fotocopia de la cédula del funcionario con la respectiva firma y número de cédula del funcionario, además de la firma y sello del director. 

Con la finalidad de que se sirva realizar la comunicación correspondiente a los Centros Educativos, le remito la siguiente nómina emitida por la Dirección de Planificación Institucional:

·         Nómina N°2 de recargos administrativos para el Curso Lectivo 2014.

Además, se adjuntan formularios.

Les recuerdo su responsabilidad de revisar la documentación presentada por los Centros Educativos, garantizando que no se presenten alteraciones y se ajusten los formularios al formato correcto.

Algunos aspectos importantes a considerar en la asignación y entrega de las propuestas de recargos son:

1.       ENTREGA DE LAS PROPUESTAS DE RECARGOS:

1.1.   Las propuestas deben entregarse con un listado que contenga: Código de la Institución, Nombre de la Institución, Tipo de Recargo, Nombre del Servidor Propuesto, Cédula, Propuesta aprobada, Propuesta no aprobada y Observaciones, según se muestra.

Código
Institución
Tipo de Recargo
Nombre del Servidor
Cédula
Propuesta Aprobada
Propuesta No aprobada
Observaciones

Del listado anterior deben presentar 2 tantos, uno de ellos como recibido de la Unidad Administrativa. Por lo que es importante aclarar que únicamente se recibirá un formulario por cada servidor.

1.2.   Las propuestas de recargos únicamente se recibirán impresas, utilizando los formularios autorizados por la Dirección de Recursos Humanos, los cuales deben mantenerse sin modificaciones (tamaño, forma o estructura).

1.3.   Las propuestas No Aprobadas serán entregadas al Jefe de Servicios Administrativos y Financieros el día de su cita en la Unidad Administrativa, indicando el motivo de la devolución en el apartado “Observaciones” que contiene el listado mediante el cual se recibieron las propuestas.

2.       FINANCIAMENTO:

2.1.   Las nóminas cuentan con una columna denominada “FINANCIAMIENTO”  en la que se indica el subprograma presupuestario del cual se están tomando los recursos económicos;  por lo que, solo se podrá asignar recargos a funcionarios nombrados en los respectivos programas presupuestarios, según corresponda, siendo de acatamiento obligatorio para el correcto control y ordenamiento de la ejecución presupuestaria 2014.

Para ampliar la información se detalla y se solicita divulgar a los Centros Educativos
57301 Preescolar y Primaria
57302 Secundaria Académica
57303 Secundaria Técnica
57304 Educación Especial
57305 Educación para Adultos

3.       RIGE Y VENCE:

3.1.   Los recargos autorizados para el curso lectivo 2014, comprenden el período del 10 de febrero del 2014 al 17 de diciembre del 2014.
3.2.   Los recargos autorizados para el ciclo lectivo 2014, comprenden el período del 01 de febrero del 2014 al 31 de enero del 2015.
3.3.   Los recargos de las clases de puesto Oficial de Seguridad de Servicio Civil y Auxiliar de Vigilancia de Centro Educativo, rigen el 01 de enero del 2014 y vencen el 31 de diciembre del 2014.

4.       REQUISITOS DEL PERSONAL PROPUESTO:

4.1.   Los servidores propuestos para laborar recargos administrativos pertenecientes al Título I del Estatuto de Servicio Civil, deberán ajustarse a las condiciones y requisitos establecidos para cada uno de ellos, según la resolución DG-138-2013.
4.2.   Los servidores propuestos para laborar los recargos administrativos docentes y técnico docentes pertenecientes al Título II del Estatuto de Servicio Civil, deberán ajustarse a las condiciones y requisitos establecidos para cada uno de ellos, según la Resolución N° 1384-2012 y adiciones Resolución N°1874-2012 y Resolución 1875-2012, todas emitidas por el Ministro de Educación Pública o cualquier otra que posteriormente regule el tema.
4.3.   Los y las servidores (as) propuestos (as) para laborar los recargos deben contar con nombramiento con cuyo salario base sea mayor ó igual al doble del valor monetario del recargo designado.
4.4.   De acuerdo con la Ley 6975 de Presupuesto Extraordinario y oficio DL-216-89, el derecho a los recargos administrativos única y exclusivamente se le paga al personal administrativo de las Instituciones Educativas; es decir, no se contempla a los funcionarios que se encuentren nombrados en la Direcciones Regionales u Oficinas Centrales.
4.5.   Los recargos del Título I sólo se le pueden asignar a funcionarios nombrados en las clases de puesto del Título I y previendo los cambios que se puedan presentar con la implementación del sistema de pago INTEGRA 2, se les indica que para los recargos de los estratos operativo y calificado, únicamente se le asignará a funcionarios (as) nombrado(as) en el mismo estrato en el cual se encuentra autorizado el recargo; a saber:

Estrato Operativo
·         Conserje de Centro Educativo
·         Auxiliar de Vigilancia de Servicio Civil                  
·         Oficial de Seguridad de Servicio Civil

Estrato Calificado
·         Oficinista de Servicio Civil 1
·         Trabajador Calificado de Servicio Civil 1
·         Cocinero (a)

4.6.   Los recargos de Trabajador Calificado deben especificar el tipo de especialidad, a saber: Construcción Civil u Operador de Máquina Reproductora. Asimismo, deben adjuntar al formulario la certificación de experiencia mínimo 6 meses en la especialidad a laborar el recargo.

5.       DE LOS FORMULARIOS:

5.1.   Las propuestas de recargos únicamente se recibirán impresas, utilizando los formularios autorizados por la Dirección de Recursos Humanos, los cuales deben mantenerse sin modificaciones (tamaño, forma o estructura).
5.2.   Los formularios deben contener TODA la información solicitada, en caso que se omita o se altere información, no será recibida la propuesta para su análisis.
5.3.   En caso de que el servidor únicamente cuente con nombramiento en una institución, debe anotarse la información solo en el punto 1 de Institución donde labora actualmente; los puntos 2 y 3 deben estar vacíos.

6.       DE LAS JORNADAS:

6.1.   La jornada ordinaria sumada con la jornada del recargo no debe exceder más de doce (12) horas en un día calendario; es decir que en las 24 horas que componen un día, la persona trabajadora debe tener libre al menos un período de doce horas, de acuerdo con el Código de Trabajo.
6.2.   El servidor tiene derecho a un día de descanso (24 horas) a la semana, de acuerdo con el Código de Trabajo.
6.3.   Queda a criterio de la institución el asignar el tipo de jornada y la cantidad de horas a laborar el recargo por parte del servidor, esto siempre y cuando se ajuste a las siguientes condiciones:

7.       DE LA AUTORIZACION PARA LABORAR EL RECARGO:

7.1.  Ningún funcionario o funcionarla podrá ejercer un recargo administrativo sin la previa revisión y autorización de la Unidad Administrativa del Departamento de Asignación del Recurso Humano de esta Dirección de Recursos Humanos; por lo que, la Unidad Administrativa no se hará responsable del pago al servidor o servidora que labore el recargo sin autorización y corresponderá al Jefe inmediato asumir la responsabilidad del pago al servidor.



viernes, 8 de noviembre de 2013

CERTIFICACIÓN DE DOBLE O TRIPLE JORNADA

Buenos días estimados compañeros (as):

Reciban un cordial saludo.

La presente es para remitirles la información correspondiente a las Disposiciones generales en relación con el proceso de entrega al pago de Ampliación de la Jornada Doble Jornada o Triple Jornada.

Adjunto encontrarán el oficio DRH-21491-2013-DIR con las indicaciones generales, el machote de la certificación el cual NO SE DEBE MODIFICAR en cuanto a estructura y formato, resolución DG-146-2012 y Normas Complementarias DG-146-2012 (Versión 02-2013). 

La certificación debe ser presentada a esta unidad a más tardar el día viernes 15 de noviembre de 2013, en tres (3) tantos originales, uno para dar de recibido al circuito y dos para remitir a oficinas centrales. 

Muchas gracias.